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¿Qué es un estudio de capacidades para potencial de desarrollo?
Actualizado: 24 feb

Es un estudio técnico de factibilidad o compatibilidad de normas y lineamientos a través del cual se asegura la integración con el entorno urbano de los proyectos, en sus etapas de construcción, operación y mantenimiento, con la finalidad de establecer y garantizar las acciones para evitar o mitigar, los impactos generados a las características de la estructura vial, hidráulica, sanitaria, eléctrica, social y económica, así como de imagen urbana existentes, en beneficio de la calidad de vida de la población.
¿Cuándo es necesario llevarlo a cabo?
Cuando deseas obtener autorización del coeficiente de utilización del suelo máximo optativo (CUSMAX), el cual permite construir más de lo que se establece en el CUS (coeficiente de utilización del suelo) regular, siempre y cuando el estudio dictamine que es viable llevar a cabo dicho excedente constructivo.
De igual manera es necesario cuando se requiere acreditar la factibilidad y compatibilidad de normas y lineamientos.
¿Qué debe contener este estudio?
Datos generales del titular o promovente; y de los responsables del estudio;
El registro de Director Responsable de Proyecto de Obras de Urbanización o Edificación;
El documento en el que se acredite la propiedad del predio; y el documento con el que se acredite la personalidad jurídica del titular y promovente;
El Dictamen de Trazo Usos y Destinos Específicos;
La delimitación del área de estudio en un plano de ubicación que lo sitúe dentro del sistema vial primario;
La delimitación del área de aplicación;
El Proyecto conceptual y memoria descriptiva, que incluirá:
Nombre especifico del proyecto;
Uso propuesto;
Memoria descriptiva de las características generales del proyecto conceptual, que incluya cuadro de áreas que especifique las superficies por cada uno de los usos propuestos, número de unidades, niveles y cajones de estacionamiento, COS y CUS propuesto;
Descripción de los criterios de redes de agua potable, sanitaria, pluvial, eléctrica y alumbrado público;
El inventario de equipamiento urbano existente (público o privado) de los siguientes sistemas:
Educación;
Salud;
Espacios verdes abiertos y recreativos;
Medio físico transformado del área de estudio:
Estructura urbana;
Vialidad;
Usos del suelo;
Densidad;
Conclusiones
Anexos
Viabilidades por los servicios que requiere el proyecto, abasto de agua, disposición de agua residual y pluvial, energía eléctrica;
En su caso el Estudio de Impacto al Tránsito o de ingresos y salida;
¿Cuándo un proyecto no puede proceder aún hecho el estudio?
Cuando los impactos o efectos negativos, no puedan ser atenuados a través de las medidas de mitigación y compensación propuestas; y/o se genere impacto negativo irreversible o irrecuperable al espacio público o privado, estructura vial, hidráulica, sanitaria, eléctrica, social y económica.
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Referencias:
- Gaceta Municipal H. Ayuntamiento de Zapopan 2017. https://servicios.zapopan.gob.mx:8000/wwwportal/publicfiles/2019-12/Reglamento-de-Urbanización-1_compressed_0.pdf